El Despacho Notarial • Servicio Público • Prerrogativas de Autoridad Pública

Nuestra misión

Al servicio del derecho, de la seguridad jurídica y del acompañamiento de sus proyectos.

El notario es un jurista investido de una misión de autoridad pública que prepara contratos bajo forma auténtica por cuenta de sus clientes. Ejerce sus funciones en un marco liberal.

01. Estatuto y Potestad Pública

El notario, un oficial público

El notario es un oficial público que interviene en todos los ámbitos del derecho: familia, inmobiliario, patrimonio, empresas, rural, colectividades locales...

Actuando por cuenta del Estado, nombrado por el ministro de justicia, confiere a los actos que redacta una garantía de seriedad y autenticidad. Esto significa que posee verdaderas prerrogativas de poder público que recibe del Estado.

02. Fuerza Auténtica y Solución Amistosa

El notario, un profesional de la autenticación de actos

Tiene el poder de autenticar los actos estampando su sello y su propia firma. Constata así oficialmente la voluntad expresada por las personas que los firman y se compromete personalmente sobre el contenido y la fecha del acto. Este acto se impone entonces con la misma fuerza que una sentencia definitiva. A este título, el notario es el magistrado de lo amistoso, actor de una justicia amistosa.

Magistratura de la concordia

Al estampar su sello y firma, el notario otorga al acuerdo la misma fuerza ejecutiva que una sentencia firme, previniendo litigios mediante un consentimiento equilibrado.

03. Ejercicio Liberal y Aranceles Regulados

El notario, un profesional liberal

Aunque investido de autoridad pública, el notario ejerce sus funciones en un marco liberal y garantiza así una forma moderna de servicio público sin coste para el Estado, ya que asume la responsabilidad económica de su despacho. Es un profesional liberal remunerado por sus clientes (y no por los contribuyentes) según una tarifa fijada por el Estado por los servicios que presta.

Regulación Estatal

Consulte la página dedicada a la tarifa del notario.

04. Presencia Territorial y Servicio de Proximidad

El notario, un profesional presente en todo el territorio

Implantado en todo el territorio en virtud de una distribución fijada por el ministro de justicia según las necesidades de la población, garantiza un servicio público jurídico de proximidad. Los despachos notariales no están sujetos a ningún «numerus clausus» particular (lo que equivaldría a limitar el número de notarios), sino a una implantación regulada de los despachos en todo el territorio para responder a las necesidades de la población.

La implantación de los despachos en el territorio es objeto de una adaptación permanente bajo el control de la cancillería. Obedece a tres principios:

  • — mantener un servicio público jurídico de proximidad,
  • — tener en cuenta las evoluciones geográficas y demográficas,
  • — velar por las condiciones económicas de ejercicio de la profesión para asegurar un servicio de calidad.

¿Un proyecto jurídico o una cuestión que confiarnos?

Nuestro despacho notarial pone su experiencia y escucha a su servicio para asesorarle con claridad y seguridad.